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Deducciones

Qué gastos puede deducirse un autónomo

Requisitos para que un gasto sea deducible, suministros de casa, dietas, vehículo, seguros y cuota de autónomo. Lo que sí y lo que no.

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Un gasto deducible reduce tu beneficio y, con él, lo que pagas de IRPF. Pero no todo lo que compras sirve. Para que Hacienda lo acepte tiene que cumplir tres condiciones.

Las tres condiciones

  1. Estar vinculado a tu actividad. Tiene que ser necesario para obtener tus ingresos.
  2. Estar justificado con factura a tu nombre y con tu NIF. Un ticket simplificado no basta para deducir el IVA.
  3. Estar registrado en tu libro de gastos.

Gastos que normalmente sí se deducen

  • La cuota de autónomo.
  • Alquiler del local, suministros y seguros del negocio.
  • Material, mercancías y herramientas de trabajo.
  • Gestoría, asesoría, colegios profesionales y formación relacionada con tu actividad.
  • Publicidad, web, dominios y programas informáticos.
  • Teléfono e internet, en la parte que uses para trabajar.
  • Seguro de salud para ti, tu pareja e hijos menores de 25 que convivan contigo, hasta 500 € por persona y año (1.500 € si hay discapacidad).

Si trabajas desde casa

Si tienes afectada una parte de tu vivienda a la actividad, puedes deducir la parte proporcional del IBI, la comunidad y el seguro del hogar. En los suministros (luz, agua, gas, internet) se aplica el 30 % sobre esa proporción. Por ejemplo, si el despacho ocupa el 20 % de la casa, deducirías el 30 % del 20 %, es decir, el 6 % de cada factura.

Dietas

Las comidas en un establecimiento de hostelería se pueden deducir si están relacionadas con la actividad y se pagan por medios electrónicos, con un límite de 26,67 € al día en España (48,08 € en el extranjero), que sube a 53,34 € y 91,35 € si incluye pernoctar.

El coche, el punto más delicado

En el IRPF, el vehículo solo es deducible si se usa de forma exclusiva para la actividad, salvo excepciones como el transporte, los representantes comerciales o las autoescuelas. En el IVA, Hacienda presume en general un 50 % de afectación. Es uno de los gastos que más se revisan en las comprobaciones.

Cada actividad tiene sus particularidades. Si tienes dudas sobre un gasto concreto, pregúntanos antes de deducirlo.

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