Calendario fiscal del autónomo: qué presentar y cuándo
Los plazos de cada modelo, mes a mes, y qué pasa si se te pasa uno.
Requisitos para que un gasto sea deducible, suministros de casa, dietas, vehículo, seguros y cuota de autónomo. Lo que sí y lo que no.
Un gasto deducible reduce tu beneficio y, con él, lo que pagas de IRPF. Pero no todo lo que compras sirve. Para que Hacienda lo acepte tiene que cumplir tres condiciones.
Si tienes afectada una parte de tu vivienda a la actividad, puedes deducir la parte proporcional del IBI, la comunidad y el seguro del hogar. En los suministros (luz, agua, gas, internet) se aplica el 30 % sobre esa proporción. Por ejemplo, si el despacho ocupa el 20 % de la casa, deducirías el 30 % del 20 %, es decir, el 6 % de cada factura.
Las comidas en un establecimiento de hostelería se pueden deducir si están relacionadas con la actividad y se pagan por medios electrónicos, con un límite de 26,67 € al día en España (48,08 € en el extranjero), que sube a 53,34 € y 91,35 € si incluye pernoctar.
En el IRPF, el vehículo solo es deducible si se usa de forma exclusiva para la actividad, salvo excepciones como el transporte, los representantes comerciales o las autoescuelas. En el IVA, Hacienda presume en general un 50 % de afectación. Es uno de los gastos que más se revisan en las comprobaciones.
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